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martes, 30 de junio de 2015

DERECHO CONCURSAL

EL DERECHO CONCURSAL



En la presente publicación aprenderemos la denominación del derecho concursal, los principios peruanos que forman parte de esta para así tener nociones este tema de gran relevancia.




1.1 ¿Qué es el Derecho Concursal?

El Derecho Concursal es una rama importante en lo que respecta a una persona jurídica, ya que se debe regular perfectamente desde su origen hasta su fin. Todo esto se ve regulado en la Ley General del Sistema Concursal, se nos ha asignado tocar ésta en los aspectos referentes la Aplicación, Aplicación De La Ley, Reglas De Competencia Y Legislación Aplicable, Información Y Reserva De Los Procedimientos Concursales, Patrimonio Sujeto A Los Procedimientos Concursales y a su vez hemos creído conveniente desarrollar el Título Preliminar; motivo por el cual hemos trabajado en esta monografía, desarrollando puntualmente y de lo que creemos es la manera idónea para el presente trabajo.[1]

También se define como un :  [2]“conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto establecer las condiciones en que se debe declarar judicialmente el estado de incumplimiento generalizado de obligaciones del denominado "deudor común", comprendiendo este concepto tanto al comerciante como al no comerciante, así como la apertura de los procedimientos necesarios, a cargo de los órganos competentes, para lograr la solución integral de sus obligaciones pendientes de pago, ya sea mediante un convenio o mediante la liquidación forzada de sus activos.
El Derecho concursal se encarga de la regulación de los procedimientos aplicables a los casos de quiebra o suspensión de pagos. Cuando la persona que se liquida tiene el estatus de comerciante o una sociedad mercantil, la normativa aplicable será de Derecho mercantil. Cuando la persona no es comerciante, o es una sociedad civil, entonces la regulación aplicable será la del Derecho civil. Esto es importante porque la regulación puede no ser igual según el país”.



1.2 Naturaleza

Habitualmente se ha considerado al Derecho concursal como parte del Derecho mercantil. A eso ha ayudado el hecho de que se encuentre así incluido en los programas de estudios de las universidades, y que el mayor número de casos se den dentro del ámbito del comercio.
Sin embargo, el hecho de que una situación concursal pueda ocurrir también a un no comerciante, o a una asociación de Derecho civil, hace que lo más correcto sea entender el Derecho concursal como una rama autónoma del Derecho privado. En algunos países, como España, se ha procedido a unificar todo el Derecho concursal en una sola ley, que a su vez no está incluida en ningún código.

1.3 Principios Del Derecho Concursal Peruano

a)  La Universalidad

El proceso afecta todo el patrimonio del deudor, salvo las exclusiones legales (que son sus bienes inembargables y los excluidos por leyes especiales por Ej. Arrendamiento Financiero - Leasing[3].
Tenemos entonces que acreedores cuentan con todo el patrimonio del deudor para ejercer acciones que crean convenientes.
Ante una sola autoridad se ventilan todos los conflictos relativos a los bienes del deudor y el pago de sus obligaciones Antonio Tonon  en su Libro Derecho Concursal dice lo siguiente:
"Si en violación de la normativa que le restringe o priva del poder de disposición, el deudor dispone de sus bines, el acto de disposición, sin perjuicio de su eventual eficacia entre las partes, resultará ineficaz frente a los acreedores que son llamados a participar del concurso o dicho en otros términos el acto resultará inoponible a los mencionados acreedores. Los  procedimientos  concursales  producen  sus  efectos  sobre  la  totalidad  del Patrimonio del deudor, con las excepciones establecidas expresamente por la ley.
El procedimiento concursal recae sobre la totalidad de los bienes del deudor; excepto en los casos  que  el  deudor  haya  garantizado  con  parte  de  su  patrimonio  un  contrato  de  mutuo, mediante el ejercicio de un derecho real de garantía (hipoteca, prenda, etc.); así mismo, si parte los bienes del deudor conforman un patrimonio familiar, regulado en el Código Civil”. [4]


b)      La Colectividad

“Son procesos que persiguen la participación y beneficio de la totalidad de los acreedores involucrados, priorizando el interés colectivo de la masa de acreedores que el interés individual de cobro de cada acreedor. Además se dice que es colectivo porque pueden participar todos los acreedores del deudor”. [5]

[6]“Los procedimientos concursales buscan la participación y beneficio de la totalidad de los acreedores involucrados en la crisis del deudor. El interés colectivo de la masa de acreedores se superpone al interés individual de cobro de cada acreedor.
Mediante este artículo se busca evitar el canibalismo del patrimonio del deudor; primando el interés colectivo sobre el interés de cada uno de los acreedores. De esta forma se busca que el procedimiento concursal sea ordenado y así rinda mejores frutos, reduciendo la pérdida de los acreedores y consiguiendo una distribución equitativa de sus acreencias.

a)  Digualdad o de proporcionalidad entre los acreedores

    A los acreedores se les debe dispensar un trato igualatorio en la distribución de las ganancias y pérdidas resultantes de todo proceso Concursal.
     Lo más razonable y justo es que las pérdidas sean soportadas equitativamente.Dentro del Proceso Concursal rige el trato igualitario en la distribución de la perdida "par conditio creditorum" fuera de el rige principio de quien llega primero cobra antes "prior en tempore potior in iure.[7]

El proceso tiene por objetivo mantener la igualdad entre los acreedores, garantizando que todos sean pagados en igual forma, proporción y plazo, salvo las preferencias legales establecidas en el Art. 42 L.G.S.C.
Los acreedores  participan  proporcionalmente  en  el  resultado  económico  de  los procedimientos  concursales,  ante  la  imposibilidad  del  deudor  de  satisfacer  con  su patrimonio los  créditos  existentes,  salvo  los  órdenes  de  preferencia  establecidos expresamente en la presente Ley. A través de este artículo se busca equidad en el pago de los créditos; él mismo que debe ser proporcional al monto total adeudado a casa acreedor. No obstante, se debe tener en cuenta el orden de prelación que establece la norma para el pago de las acreencias; él cual busca equilibrar la desigualdad que existe entre los diferentes tipos de créditos. [8]

1.4 Características del Derecho Concursal

a)   La Prevención de la crisis[9]

La prevención de la crisis es menos costosa y más eficiente que el tratamiento de ésta una vez que se ha presentado.
Se crean instrumentos legales orientados a prevenir situaciones de insolvencia (imposibilidad de pago).
Se incrementan las posibilidades de reflotamiento de empresas viables.

b)  La conservación de las empresas viables.

Si la empresa en crisis es conservada, todos los intereses en juego (de trabajadores, de acreedores, etc.) se podrán ver satisfechos en mayor medida.
La conservación de la empresa favorece el pago de los créditos y la conservación de puestos de trabajo.
La conservación de la empresa favorece la competencia en el mercado interno.
Se evita la "canibalización" del patrimonio de empresas en crisis.
Se prefiere la reestructuración de empresas viables.
Sin embargo, también se prevén mecanismos orientados a reducir los costos de la liquidación de empresas que no hayan demostrado su viabilidad.

c)  Reconocer los legístimos intereses de los acreedores en el destino de las empresas.
Mayor interés de los acreedores en lo que sucede con la empresa que los propios accionistas.
Su "inversión" es mayor que la de los propios accionistas.
Se ubica a los acreedores en la posibilidad de adoptar, colectivamente, la decisión más eficiente para sus intereses.
La JUNTA DE ACREEDORES se constituye en el gran protagonista del proceso. Sustituye a la Junta de Accionistas o Socios.

d)     Generar un ambiente favorable de negociación

Al evitar la "canibalización" del patrimonio del deudor, se incentiva a los acreedores a negociar en junta.
Se convoca a todos los acreedores a fin de que registren los montos de su acreencia ante una sola autoridad.
Se busca garantizar que los acreedores cuenten con información mínima que les permita adoptar una decisión eficiente.
Los acuerdos adoptados por la mayoría obligan a todos. Ficción de "unanimidad".
Se introducen mecanismos de protección del acreedor minoritario, otorgándole mayores facultades de fiscalización a la autoridad.

1.5 Relaciones del Derecho Concursal[1]

a)  CON EL DERECHO PROCESAL CIVIL
El derecho concursal se relaciona con el derecho procesal civil porque la quiebra se tramita ante los jueces civiles o mixtos, aplicando la ley orgánica del Poder Judicial y el código procesal civil peruano de 1993.

b)  CON EL DERECHO PENAL
El derecho concursal se relaciona con el derecho penal porque cuando se tramitan concursos y quiebras se pueden cometer algunos delitos regulados en el código penal peruano de 1991.

c)  CON EL DERECHO PROCESAL PENAL
El derecho concursal se relaciona con el derecho procesal porque cuando se cometen delitos relacionados con el derecho concursal se debe aplicar y estudiar el código de procedimientos penales y los códigos procesales penales.

d)  CON EL DERECHO TRIBUTARIO
El derecho concursal se la relaciona con el derecho tributario porque este último regula algunos supuestos de privilegios de los créditos tributarios frentes a otros créditos.

e)  CON EL DERECHO CONSTITUCIONAL
El derecho concursal se relaciona con el derecho constitucional porque éste último regula algunos supuestos de privilegios en la constitución peruana de 1993, frente a otros créditos del deudor.

f)  CON EL DERECHO CIVIL
El derecho concursal se relaciona con el derecho civil porque éste último regula a las personas, las cuales pueden ser materia de procedimientos concursales.

g) CON EL DERECHO SOCIETARIO
El derecho concursal se relaciona con el derecho societario porque el primero es de aplicación a las sociedades.h) CON EL DERECHO COOPERATIVO
El derecho concursal se relaciona con el derecho cooperativo porque el primero es de aplicación a las cooperativas.i)  CON LAS PERSONAS JURIDICAS
El derecho concursal se relaciona con las personas jurídicas porque el primero es de aplicación a las personas jurídicas.j)  CON EL DERECHO AGRARIO
El derecho concursal se relaciona con el derecho agrario porque el primero es de aplicación a las empresas comunales, rondas campesinas y comunidades campesinas.k)  CON EL DERECHO LABORAL
El derecho concursal se relaciona con el derecho laboral porque el primero es de aplicación a las organizaciones sindicales.

l
)  CON EL DERECHO ADMINISTRATIVO
El derecho concursal se relaciona con el derecho administrativo porque el concurso se tramita conforme a las normas del derecho administrativo al igual que los procesos contenciosos administrativos sobre esta importante rama del derecho como es el derecho concursal. 


Derechos Reservados: Equipo Taem Consulting


[2] BUENAS TAREAS. @cit.
[3]MONOGRAFIAS.COM.www.monografias.com/trabajos34/derecho-concursal-peru/derecho-concursal-peru.shtml
[4]INDECOPI. www.bvindecopi.gob.pe/legis/l27809.pdf
[5]MONOGRAFIAS. www.monografias.com/trabajos34/derecho-concursal-peru/derecho-concursal-peru.shtml
[6] INDECOPI. @ cit.
[7] MONOGRAFIAS. COM. @ cit.
[8] INDECOPI. @ cit.
[9] MONOGRAFIAS.COM. @cit.
[10]ARTICULOZ.www.articuloz.com/leyes-articulos/derecho-concursal-405915.html

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