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lunes, 3 de agosto de 2015

CONTRATO DE REPRESENTACIÓN ARTISTICA

CONTRATO DE REPRESENTACIÓN ARTÍSTICA




Contrato de Representación Artistica



La representación artística es un contrato de colaboración mediante el cual un profesional se compromete a realizar ciertos trabajos o servicios a un artista o profesional durante un periodo determinado de tiempo a los efectos de representarle ante las instituciones y empresas de su interés, promocionar sus obras y buscar su máxima difusión.




En las últimas décadas se ha constatado como práctica habitual las relaciones contractuales verbales que colocan al Artista en una clara situación de debilidad, siendo poco frecuente la regularización de estos tratos de forma escrita, al contrario de lo que pasa en la mayoría de las relaciones económicas.
Uno de nuestros puntos principales a destacar es el asesoramiento a Artistas en las diferentes relacionales profesionales y sobretodo centrándolas en el asesoramiento jurídico para proteger sus intereses en sus relaciones profesionales delante de terceros.
“Mediante este contrato el artista apodera a un tercero para que gestione y negocie directamente la prestación de los servicios artísticos”.

CARACTERISTICAS
ü    Se realiza un contrato de representación entre el Artista y el Representante.
ü    El representante gestionara tantos los proyectos hechos por él y los que sean de terceros hacia el artista.
ü    En todos los casos la representación es a Nivel Internacional.
ü    El Artista puede designar una localización principal donde tenga un interés especial en promocionarse, u optar por no designar ninguna.
ü    Cada modalidad tiene un porcentaje de descuento para el Artista representado en los eventos que le brinde el Representante de su gestión personal, ese descuento ira hacia el representante.
ü    Cada modalidad tiene un coste de representación.
ü    Cada modalidad tiene un porcentaje de comisión entre Artista y Representante de las ventas realizadas
ü    La representación artística otorgada no incluye representación legal, por lo que el Representante trata en su nombre personal sin que pueda ser considerado representante legal del Artista.
ü    La representación incluye la promoción a partir de Críticas, Textos de presentación, Catálogos personales de Artista, Catálogos de exposición, Trípticos, Dípticos, Tarjetas de visita, Blogs, Webs, mails, u otros medios de comunicación que estén al alcance a partir de un coste establecido según modalidad.
ü    Se realizarán Notas de Prensa comunicando todos los premios, exposiciones y eventos en los que participe el Artista y se enviarán a todos los medios de comunicación – según modalidad.
ü     El Representante envía un informe mensual al Artista sobre las promociones y gestiones realizadas, y del mismo modo, el Artista envía un informe mensual sobre sus principales intereses.
ü     Existe la posibilidad de Exclusividad.
ü     El Artista no puede informar a terceras personas de los costes de los eventos en los que es Representado, pues éste varía según la modalidad de Representación. Tampoco puede ofrecer información adicional de tales eventos sin la autorización del Representante. La trasgresión a lo convenido en este punto puede ser causa de la resolución del contrato.

2.3.2 PARTES INTEGRANTES
§  Artista o representado: Según la Asociación de Representantes de Artistas “El artista es la persona que realiza o produce obras de arte. Lo que se entiende por artista depende por lo tanto del significado de la palabra arte”.
§  Representante: Según la Asociación de Representantes de Artistas “el representante artístico es un profesional cuya labor es representar los talentos o habilidades de un individuo o grupo de individuos. El oficio es remunerado mediante una comisión percibida por cada obra vendida; generalmente dichas comisiones oscilan entre el 10% y el 20% del precio final de venta de la obra”.

RAZONES PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS DE UN REPRESENTANTE

La Asociación de Representantes artísticos nos dice que: “Aunque cualquier artista puede intentar promocionar su propia obra, la labor de promoción y su aprendizaje mermará el tiempo del que el artista dispone para crear. Las ventajas de emplear los servicios de un representante artístico serían”:

·         Mayor exposición de las obras del artista.
·         Protección de la propiedad intelectual del artista.
·         Experiencia negociadora.
·         Acceso a contactos profesionales.

OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE
Las obligaciones del representante son:

FUNCIONES DEL REPRESENTANTE EN EL ÁMBITO DE LA CELEBRACIÓN DE CONCIERTOS Y GALAS:
Promover, negociar y concluir contratos con terceros promotores de los espectáculos; contratar al personal necesario. Gestión de cobro de los derechos derivados de la contratación.

FUNCIONES DE REPRESENTACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA CONTRATACIÓN DE DERECHOS O SERVICIOS RELACIONADOS CON SUS INTERPRETACIONES, IMAGEN, NOMBRE Y/O BIOGRAFÍA PARA LA UTILIZACIÓN EN CUALQUIER ACTIVIDAD, MEDIO O PRODUCTO.

- Titularidad de los derechos de Merchandising. Cesión de los derechos a la explotación comercial de la imagen, nombre, autógrafo e interpretaciones del Artista, mediante su asociación con productos o servicios. Cesión del derecho a terceros.
- Funciones titular derechos de Merchandising: desarrollo plan de marketing; control de calidad de productos; control de ventas y supervisión; función de vigilancia anti-piratería; gestionar cobro ingresos y liquidación de los ingresos al Artista.
- Obligaciones artista: ejecución servicios contratados; participación en las actividades que requieran su intervención; cumplimiento de compromisos profesionales; participación en las actividades de publicidad y promoción.
- Periodo de vigencia del contrato y territorio.
- Gastos que asumirá cada parte. Gastos atribuibles al mánager y al artista.
- Contraprestaciones económicas. Retribución del mánager, porcentajes por las diferentes funciones. Liquidación y abono de derechos al Artista.
- Infracciones y faltas graves. Según el tipo de faltas puede ocasionar la  terminación anticipada del contrato. Indemnizaciones.

TERMINACION DEL CONTRATO
El contrato de representación artística puede terminar por las siguientes causas:
a) El agotamiento natural.
b) Vencimiento del plazo del contrato.
c) La conclusión del negocio para el que se otorgó el contrato.
d) Por la rescisión del contrato, a causa del incumplimiento de una de las partes.
e) Por nulidad del contrato.
g) Por la renuncia del representante por voluntad unilateral del representado.
h) Con la muerte del representante o del representado.
i) Por la interdicción del representante o del representado.



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